
Las empresas en Colombia deben prepararse para cumplir con una nueva obligación legal orientada a fortalecer la prevención del acoso sexual en el entorno laboral: la publicación periódica de cifras de quejas y sanciones.
¿Qué exige ahora la normativa?
La Ley 2365 de 2024 establece que los empleadores deberán:
Publicar semestralmente:
Número de quejas tramitadas por acoso sexual.
Número de sanciones impuestas.
Las cifras deberán ser remitidas al Sistema Integrado de Información de Violencias de Género (SIVIGE) dentro de los últimos diez (10) días del respectivo semestre.


Protección de datos y confidencialidad
La norma es clara en un punto fundamental:
La información publicada debe ser anonimizada, garantizando:
- Intimidad de las personas involucradas
- Confidencialidad del proceso
- Respeto del debido proceso
El objetivo es promover la transparencia sin vulnerar derechos fundamentales.
¿Por qué esta medida es tan relevante?
Esta obligación busca:
Promover entornos laborales seguros
Fortalecer la prevención del acoso sexual
Generar cultura de transparencia y rendición de cuentas
Incentivar la denuncia y la confianza en los canales internos
Alinear a las empresas con estándares de responsabilidad social y cumplimiento

⏰ Primera fecha clave de cumplimiento: 30 de junio.
Riesgos de Incumplimiento
No implementar esta obligación puede generar:
- Investigaciones administrativas y sanciones
- Riesgos reputacionales
- Aumento de conflictos laborales y litigios
- Impacto negativo en la cultura organizacional
Acciones Recomendadas para las Empresas
1️⃣ Revisar y actualizar protocolos de prevención del acoso sexual
2️⃣ Fortalecer canales de denuncia y procesos de investigación
3️⃣ Implementar sistemas de registro estadístico confiables
4️⃣ Definir el canal de publicación semestral
5️⃣ Establecer el proceso de reporte oportuno al SIVIGE
6️⃣ Capacitar al equipo de talento humano y compliance
