ELECCIONES DEL 31 DE MAYO: LO QUE TU EMPRESA DEBE TENER CLARO

 

El próximo 31 de mayo de 2026 se celebra la primera vuelta de las elecciones presidenciales en Colombia. Más allá del debate político, hay una obligación laboral concreta que aplica a todas las empresas, sin importar su tamaño o sector: reconocer el descanso compensatorio remunerado a quienes participen en el proceso electoral.

 

¿Qué dice la ley?

La Ley 403 de 1997 y el Código Electoral (Decreto 2241 de 1986) establecen que los empleadores, tanto del sector público como privado, deben otorgar descanso compensatorio remunerado a sus trabajadores en dos situaciones:

  • Al trabajador que vote: medio día de descanso compensatorio remunerado.
  • Al trabajador que haya fungido como jurado de votación: un día completo de descanso compensatorio remunerado.

 

Este descanso no implica descuento salarial ni afecta la remuneración del trabajador.

 

 

¿Cómo funciona en la práctica?

El trabajador no tiene obligación de avisar previamente que va a votar. Simplemente, una vez participe en el proceso, debe presentar ante el empleador el soporte correspondiente: el certificado de votación expedido por la Registraduría, o la constancia de haber fungido como jurado, según sea el caso.

El trabajador cuenta con 30 días calendario (en el caso de votantes) y 45 días (para los jurados) a partir del día de las elecciones para entregar ese documento. Vencido ese término, el empleador no está obligado a reconocer el descanso compensatorio.

El tiempo libre puede acordarse entre el trabajador y el empleador dentro de ese mismo plazo de 30 y 45 días, lo que le da a ambas partes flexibilidad para organizarlo sin afectar la operación.

 

 

¿Por qué vale la pena tenerlo regulado internamente?

La obligación existe con o sin un protocolo interno. La diferencia es que, sin una política clara, la gestión de estos permisos se vuelve informal, inconsistente y, con frecuencia, fuente de malentendidos entre trabajadores y líderes.

Un Manual de Permisos y Licencias permite que su empresa responda estos casos con criterio uniforme: quién autoriza, cómo se documenta, en qué plazo se toma el descanso y qué pasa si el trabajador no entrega el soporte a tiempo. Eso es certeza jurídica y tranquilidad operativa.

 


 

En MV Abogados estructuramos el manual de permisos y licencias para que tu empresa sepa cómo tramitarlos fácilmente.

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